Art. 6.° Señálase en $100 mensuales el sueldo de que debe disfrutar el empleado que trata la última parte del artículo anterior. Por decreto separado el Gobierno hará este nombramiento.
Decreto 517 de 1888 →Vigente
Artículo 6
Decreto 517 de 1888 · Por el cual se declara legalmente instalada la Sociedad que lleva por rótulo "Compañía Industrial de Samacá"
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.