° Hácense los siguientes traslados en el Presupuesto de Gastos del Fondo Vial Nacional: CONTRACREDITO Programa 04 Construcción de Carreteras Troncales Artículo 7°. Construcción, reconstrucción y pavimentación de la carretera Troncal Occidental. Proyecto 4. Medellín - Caucasia - Sincelejo 6.000.000 CREDITOS Programa 05 Construcción de otras carreteras Artículo 17. Construcción, reconstrucción y pavimentación de otras carreteras. Proyecto 54. San Carlos-Nare $ 3.000.000 Proyecto 55. Primavera-Amagá-Bolombolo 3.000.000 Total $6.000.000
Decreto 1193 de 1967 →Vigente
Artículo 1
Hácense Los Siguientes Traslados En El Presupuesto De Gastos Del Fondo Vial Nacional: Contracredito Programa 04 Construcción De Carreteras Troncales Artículo 7°
Decreto 1193 de 1967 · por el cual se hacen unos traslados dentro de la apropiaciones del presupuesto de gastos del Fondo Vial Nacional.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.