Artículo trece . Los miembros del Consejo Nacional Agropecuario y del Comité Financiero, de que tratan los artículos 10 y 11 de este Decreto, que no sean funcionarios oficiales, tendrán derecho a honorarios por cada sesión a que asistan, en la misma cuantía fijada para los miembros de 1a Junta Directiva de la Caja de Crédito Agrario, Industrial y Minero, y al gasto que ello ocasione se atenderá por el Mínisterio de Agricultura,
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.