Micelio

Artículo 4

Ley 85 de 1892 · Que grava el consumo del tabaco

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 4. ° Autorízase al Gobierno para arrendar hasta por diez años, en licitación pública, la renta de tabaco; ó sin esa formalidad y sin necesidad de aprobación legislativa, hasta por treinta años, si así lo creyere conveniente y si el arrendatarío diere anualmente por la renta dos millones quinientos mil pesos en oro ($ 2.500,000), por lo menos.

Autorízase igualmente al Gobierno para enajenar en licitación pública, hasta por veinticinco años, el monopolio de la fabricación, importación y venta de cigarrillos y cigarros de producción extranjera.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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