Micelio

Artículo 30

Ley 36 de 1977 · sobre Presupuesto de Ingresos y de Gastos de los Establecimientos Públicos Nacionales, para el año fiscal del 1o. de enero al 31 de diciembre de 1978.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La inversión de los fondos provenientes de los recursos del crédito externo o interno que se incorporen al presupuesto, estará limitada en los Acuerdos Mensuales de Ordenación de Gastos al producto efectivo de los empréstitos o al monto de los desembolsos parciales hechos por los prestamistas, como cuantía máxima.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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