Micelio

Artículo 23

Decreto 2167 de 1992 · por el cual se reestructura el Departamento Nacional de Planeación

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

División de Política y Apoyo a la Descentralización.- En la Unidad de Infraestructura y Energía, la División de Recursos Naturales no Renovables se transforma en la División de Política y Apoyo a la Descentralización, cuya función es realizar, bajo la dirección del Jefe de la Unidad de Infraestructura y Energía y conjuntamente con sus demás divisiones y las Unidades de Desarrollo Empresarial, Territorial y Urbano, las funciones de la Unidad de Infraestructura y Energía en cuanto se relacionan con la formulación, seguimiento, control y evaluación de la ejecución de las políticas, en coordinación con los organismos nacionales y los entes territoriales pertinentes, en los sectores de transporte, comunicaciones y de minas y energía.

En desarrollo de lo anterior, también es función de la División orientar y promover la aplicación de indicadores para identificar las necesidades de inversión pública en los diferentes niveles territoriales, en los sectores de competencia de la Unidad; y colaborar en la preparación de normas sobre la organización, el funcionamiento, la gestión institucional y la participación de la iniciativa privada, requeridas para adelantar las políticas de los sectores de transporte, comunicaciones y de minas y energía.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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