°. Las autoridades sanitarias, aduaneras y del Ministerio de Agricultura permitirán el libre movimiento de semillas y materiales genéticos, de propiedad del Centro Internacional de Agricultura Tropical (CIAT), dentro del territorio de la República o su libre exportación e importación cuando sea necesario, siempre y cuando que éstas semillas y materiales estén acompañadas de los correspondientes certificados sanitarios.
Artículo 7
Las Autoridades Sanitarias, Aduaneras Y Del Ministerio De Agricultura Permitirán El Libre Movimiento De Semillas Y Materiales Genéticos, De Propiedad Del Centro Internacional De Agricultura Tropical (Ciat), Dentro Del Territorio De La República O Su Libre Exportación E Importación Cuando Sea Necesario, Siempre Y Cuando Que Éstas Semillas Y Materiales Estén Acompañadas De Los Correspondientes Certificados Sanitarios
Decreto 301 de 1968 · por el cual se determinan los privilegios y prerrogativas a que tienen derecho el Centro Internacional de Agricultura Tropical (CIAT), y su personal técnico y científico internacional, y se establece en las exenciones sobre los bienes, elementos y equipos que para uno y otros sean importados al país.
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.