° Suspéndese la vigencia del artículo 12 del Decreto número 568 de 1946, mientras se expide una reglamentación mas completa sobre la materia. Entretanto, en los puntos a que se refiere dicho artículo, regirán las disposiciones que se hallaban vigentes en el momento de expedirse el referido Decreto.
Decreto 612 de 1946 →Vigente
Artículo 1
Suspéndese La Vigencia Del Artículo 12 Del Decreto Número 568 De 1946, Mientras Se Expide Una Reglamentación Mas Completa Sobre La Materia
Decreto 612 de 1946 · Por el cual se reforma el artículo 12 del Decreto número 568 de 1946
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.