Micelio

Artículo 71

Cuando La Comisión Nacional Del Servicio Civil, Conforme Con Lo Dispuesto En El Artículo 24 De La Ley 443 De 1998, Ordene La Realización De Pruebas Básicas Generales De Preselección Que Hagan Parte De Los Concursos Abiertos Que Realicen Las Entidades, La Esap Directamente O Mediante La Contratación Con Entidades Especializadas Y De Acuerdo Con El Reglamento Que Para El Efecto Expida La Comisión Nacional Del Servicio Civil, Efectuará El Diseño, La Elaboración O Su Selección De Bancos De Pruebas, La Aplicación Y Calificación De Tales Pruebas

Decreto 1572 de 1998 · por el cual se reglamenta la Ley 443 de 1998 y el Decreto-ley 1567 de 1998.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Cuando la Comisión Nacional del Servicio Civil, conforme con lo dispuesto en el artículo 24 de la Ley 443 de 1998, ordene la realización de pruebas básicas generales de preselección que hagan parte de los concursos abiertos que realicen las entidades, la ESAP directamente o mediante la contratación con entidades especializadas y de acuerdo con el reglamento que para el efecto expida la Comisión Nacional del Servicio Civil, efectuará el diseño, la elaboración o su selección de bancos de pruebas, la aplicación y calificación de tales pruebas. CAPITULO VI De los procesos especiales de selección

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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