Cuando la Comisión Nacional del Servicio Civil, conforme con lo dispuesto en el artículo 24 de la Ley 443 de 1998, ordene la realización de pruebas básicas generales de preselección que hagan parte de los concursos abiertos que realicen las entidades, la ESAP directamente o mediante la contratación con entidades especializadas y de acuerdo con el reglamento que para el efecto expida la Comisión Nacional del Servicio Civil, efectuará el diseño, la elaboración o su selección de bancos de pruebas, la aplicación y calificación de tales pruebas. CAPITULO VI De los procesos especiales de selección
Artículo 71
Cuando La Comisión Nacional Del Servicio Civil, Conforme Con Lo Dispuesto En El Artículo 24 De La Ley 443 De 1998, Ordene La Realización De Pruebas Básicas Generales De Preselección Que Hagan Parte De Los Concursos Abiertos Que Realicen Las Entidades, La Esap Directamente O Mediante La Contratación Con Entidades Especializadas Y De Acuerdo Con El Reglamento Que Para El Efecto Expida La Comisión Nacional Del Servicio Civil, Efectuará El Diseño, La Elaboración O Su Selección De Bancos De Pruebas, La Aplicación Y Calificación De Tales Pruebas
Decreto 1572 de 1998 · por el cual se reglamenta la Ley 443 de 1998 y el Decreto-ley 1567 de 1998.
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.