º . Todas las Instituciones de Superior que quieran modificar su carácter académico iniciarán los trámites de la respectiva reforma estatutaria con los requisitos aquí señalados. Las solicitudes de transformación presentadas con anterioridad al presente decreto, deberán ser ajustadas a los requisitos y procedimientos que en este se señalan para su decisión.
Decreto 532 de 2001 →Vigente
Artículo 5
º
Decreto 532 de 2001 · por el cual se reglamenta el procedimiento para la ratificación de las reformas estatutarias de las Instituciones de Educación Superior que modifiquen su carácter académico.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.