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Artículo 11

El Artículo 50 De Los Estatutos Del Fondo Para El Financiamiento Del Sector Agropecuario, Finagro, Quedará Así: "artículo 50

Decreto 38 de 2010 · por el cual se aprueba una reforma de los Estatutos del Fondo para el Financiamiento del Sector Agropecuario, Finagro.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El artículo 50 de los Estatutos del Fondo para el Financiamiento del Sector Agropecuario, Finagro, quedará así: "Artículo 50. Responsabilidad. El Revisor Fiscal responderá de los perjuicios que ocasione a la Sociedad, a sus accionistas o a terceros por negligencia o dolo en el cumplimiento de sus funciones. Para efectividad de las sanciones previstas en la ley contra el Revisor Fiscal por el incumplimiento de sus deberes, el Presidente de la Sociedad, los pondrá en conocimiento de la Superintendencia Financiera o de las autoridades competentes según el caso".

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 38 de 2010