Micelio

Artículo 2.2.1.3.2.11

Derogado

Decreto 1067 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo de Relaciones Exteriores.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Derogado.

TEXTO CORRESPONDIENTE A

LEGISLACIÓN ANTERIOR

Artículo 2.2.1.3.2.11. Faltas temporales. Cuando los Cónsules Honorarios no puedan ejercer sus funciones de manera temporal, por enfermedad o por otro motivo debidamente justificado ante la Embajada y Oficina Consular de carrera correspondiente, se encargará de tales funciones a la Oficina Consular más cercana.

De no existir esta posibilidad, se deberá comunicar y justificar su incapacidad inmediatamente ante la Dirección de Asuntos Migratorios, Consulares y Servicio al Ciudadano, para que esta dependencia tome las medidas que considere pertinentes.

TEXTO CORRESPONDIENTE A

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1067 de 2015