Micelio

Artículo 43

Requisitos Para Comisión De Estudios

Decreto 400 de 1992 · por el cual se reglamentan algunas disposiciones del Decreto 1212 de 1990, Estatuto del Personal de Oficiales y Suboficiales de la Policía Nacional.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Requisitos para comisión de estudios. Para ser destinados en comisión de estudios, los Oficiales y Suboficiales, deberán reunir los siguientes requisitos

a)

Estar clasificados en lista especial, lista uno (1), o dos (2), los tres últimos años de servicio;

b)

No tener solicitud de retiro pendiente ni haberla presentado dentro de los dos (2) años anteriores a la selección;

c)

Distinguirse entre sus compañeros por su desempeño académico;

d)

Sobresalir en el desempeño profesional o en operaciones para restablecer el orden público;

e)

No estar en las circunstancias previstas en el artículo 90 del Decreto 58 de 1989, o en las normas que lo modifiquen;

f)

Aprobar el examen sobre el idioma del país en el cual se va a cumplir aquélla, cuando el curso así lo requiera.

Parágrafo

En igualdad de condiciones tendrá prelación quien no haya sido enviado anteriormente.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 400 de 1992