Micelio

Artículo 4

L Íder De La Estrategia De Gobierno En Línea

Decreto 2693 de 2012 · por el cual se establecen los lineamientos generales de la Estrategia de Gobierno en Línea de la República de Colombia, se reglamentan parcialmente las Leyes 1341 de 2009 y 1450 de 2011, y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. L íder de la Estrategia de Gobierno en línea. La Estrategia de Gobierno en línea será liderada por el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, el cual orientará a las entidades a que se refiere el artículo 2° del presente decreto para su ejecución, en coordinación con el Departamento Administrativo de la Función Pública, el Departamento Nacional de Planeación y los demás organismos o entidades que tengan a su cargo la formulación de políticas públicas relacionadas con la Estrategia de Gobierno en línea.

Parágrafo 1

El Comité Institucional de Desarrollo Administrativo de que trata el artículo 6° del Decreto número 2482 de 2012 será la instancia orientadora de la Estrategia de Gobierno en línea al interior de cada entidad. Las entidades podrán definir otras instancias adicionales si lo consideran necesario.

Parágrafo 2

Las entidades del orden territorial y demás organismos del Estado deberán contar con una instancia encargada de liderar la Estrategia de Gobierno en línea al interior de la misma; esta instancia puede ser el Comité de Gobierno en línea y Antitrámites u otra que se determine.

Parágrafo 3

Las demás estrategias de la Política Agenda de Conectividad establecidas en el Conpes 3072 del año 2000 seguirán siendo ejecutadas y lideradas por las entidades, organismos, autoridades, proyectos y programas del Estado responsables de estas, de acuerdo con la normatividad vigente aplicable.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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