º. Bajo la dirección del Procurador General de la Nación, el Procurador Delegado para la Policía Nacional tendrá las siguientes funciones
Actuar en los procesos penales de competencia de la Justicia Penal Militar para la Policía Nacional ante la Corte Suprema de Justicia, por delegación del Procurador General de la Nación.
Visitar por si o por medio del Jefe de Vigilancia Judicial o de los visitadores, las oficinas de la Jurisdicción Castrense en la Policía Nacional.
Visitar por si o por medio del Jefe de Vigilancia Judicial o de los Visitadores, cualquier proceso penal Militar en la Policía Nacional
Solicitar al Procurador General de la Nación el nombramiento de Fiscales en los casos determinados en la ley.
Tramitar ante el Procurador General de la Nación las denuncias sobre delitos e irregularidades que se presenten ante su Despacho. e) Informar sobre las deficiencias y demoras en la tramitación de los procesos penales para que sean corregidas.
Solicitar a los funcionarios y entidades de la Jurisdicción Castrense en la Policía Nacional, los informes que se consideren necesarios
Ejercer por si o por medio de comisionados la vigilancia judicial y administrativa sobre los funcionarios y empleados de la Jurisdicción Castrense en la Policía Nacional.
Solicitar al Ministerio de Justicia se señale el establecimiento donde debe cumplir la pena el condenado de acuerdo con las disposiciones del Código de Justicia Penal Militar
Absolver las consultas que se le formulen sobre la recta administración de Justicia en la Policía Nacional
Solicitar al Procurador General de la Nación la imposición de multas a los funcionarios y empleados de la Jurisdicción Castrense, por incumplimiento de sus deberes.
Comisionar al personal de su dependencia hasta por treinta (30) días
Las demás que le señale el Procurador General de la Nación