º. Criterios de inversión de las reservas técnicas. Las decisiones sobre inversiones que efectúen las entidades aseguradoras y sociedades de capitalización para respaldar las reservas técnicas que sea necesario constituir, deben estar basadas en criterios objetivos de alta seguridad, rentabilidad y liquidez, teniendo en cuenta la naturaleza de tales reservas. En consecuencia, para realizar las mencionadas inversiones se deberán seguir los criterios que aplicaría un administrador de inversiones prudente, buscando una adecuada mezcla entre el retorno, la seguridad y la liquidez de la inversión, de tal forma que se preserve el capital invertido, se diversifique el portafolio por tipo de inversión, emisor, plazo y calidad crediticia, evaluando en todo momento los diferentes riesgos y su correlación.
Decreto 2779 de 2001 →Vigente
Artículo 1
º
Decreto 2779 de 2001 · por el cual se reglamenta el Decreto 094 de 2000.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.