Micelio

Artículo 135

Funciones Especiales Del Ministerio Publico

Decreto 2700 de 1991 · por el cual se expiden las normas de Procedimiento Penal.

1 sentencia lo revisó
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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

ARTICULO 135. FUNCIONES ESPECIALES DEL MINISTERIO PUBLICO. <Artículo modificado por el artículo 22 de la Ley 81 de 1993. El nuevo texto es el siguiente:> Corresponde al agente del Ministerio Público como sujeto procesal, además de otras funciones contempladas en este Código:

1. Velar porque en los casos de desistimiento, quien los formule actúe libremente.

2. <Numeral 2o. modificado por el artículo 11 de la Ley 504 de 1999. El nuevo texto es el siguiente:> Intervenir en las actuaciones en las que se establezca la protección de los testigos, garantizando el cumplimiento de la ley . Jurisprudencia Vigencia Jurisprudencia Vigencia Legislación Anterior

3. Solicitar la preclusión de la investigación y la cesación del procedimiento cuando considere que se reúnen los presupuestos necesarios para adoptar estas decisiones.

4. En la audiencia pública intervendrá en los casos en que el procesado esté amparado por fuero constitucional, en los que se relacionen con asuntos de interés público y en aquéllos en que hubiese actuado como querellante o ejercido la petición especial. Intervenir en la audiencia pública para coadyuvar la acusación formulada o solicitar sentencia absolutoria. Jurisprudencia Vigencia

5. Vigilar el cumplimiento de las obligaciones y prohibiciones impuestas en los casos de conminación, caución y detención preventiva.

6. Igualmente controlará la asignación de las diligencias a un fiscal para adelantar la investigación o el reparto por sorteo a un juez para que trámite el juzgamiento. Jurisprudencia Vigencia Legislación Anterior

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

  1. 1995
    C-479/95ConstitucionalidadEXEQUIBLE
1 pronunciamiento · fuente: parte resolutiva de cada sentencia
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