Micelio

Artículo 15

Cada Inversión Sólo Dará Derecho A Una Entrega De Certificados, Previos Los Trámites De Que Trata El Capítulo Iv De Este Decreto

Decreto 1880 de 1970 · Por el cual se reglamentan los artículos 7º y siguientes de la Ley 60 de 1968

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Cada inversión sólo dará derecho a una entrega de certificados, previos los trámites de que trata el Capítulo IV de este Decreto. En el evento de que el inversionista original transfiera el dominio del inmueble antes de estar listo para el servicio, podrá ceder a favor del comprador el derecho a percibir los certificados de desarrollo turístico, comprometiéndose el beneficiario al cumplimiento de las obligaciones contraídas por el inversionista original.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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