Micelio

Artículo 4

Decreto 1154 de 1961 · Por el cual se dictan disposiciones sobre visas

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo cuarto. Los súbditos británicos residentes en Colombia, portadores de uno cualquiera de los pasaportes mencionados en el artículo primero, podrán obtener la visa de reentrada al país, antes de su salida, en el Ministerio de Relaciones Exteriores.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1154 de 1961