Créase el Consejo Asesor de Locución adscrito al Ministerio de Comunicaciones, compuesto por los siguiente miembros
El Secretario General del Ministerio de Comunicaciones 0 su delegado, quien lo presidirá.
El Jefe de la División Jurídica del Ministerio de Comunicaciones o su delegado.
El Jefe de la División de, Medios Audiovisuales y Publicidad del Ministerio de Comunicaciones.
El Director del Instituto Nacional de Radio y Televisión o su delegado.
El Director de la Radio Nacional o su delegado.
El Subdirector Académico del Instituto Colombiano para el Fomento de la Educación Superior -ICFES-, o su delegado.
Dos Representantes de los Locutores designados por el Ministerio de Comunicaciones, de ternas enviadas por las Asociaciones de Locutores, debidamente inscritas ante el Ministerio de Comunicaciones.
El Jefe de la Sección de Licencias del Ministerio de Comunicaciones, quién actuará como Secretario de la Junta, con voz y voto.
El Consejo podrá decidir con la mitad más uno de los Miembros.