Micelio

Artículo 403

Leído El Veredicto Termina La Reunión Del Consejo De Guerra, Y Las Causa Queda Lista Para Sentencia De Primera Instancia, Que Debe Pronunciar El Juez Dentro De Los Cinco Días Siguientes A La Terminación Del Consejo De Guerra, Si Se Acoge El Veredicto

Decreto 1125 de 1950 · por el cual se expide el nuevo Código de Justicia Penal Militar

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Leído el veredicto termina la reunión del Consejo de Guerra, y las causa queda lista para sentencia de primera instancia, que debe pronunciar el juez dentro de los cinco días siguientes a la terminación del Consejo de Guerra, si se acoge el veredicto.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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