Micelio

Artículo 27

Para La Aplicación De Las Tarifas De Impuesto Y Sus Recargos, Se Tendrán En Cuenta, Además, Las Disposiciones Del Capítulo V De La Ley 63 De 1936, Sobre Interpretación De Leyes Anteriores

Decreto 1020 de 1936 · Por el cual se reglamenta la Ley 63 de 1936

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El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Para la aplicación de las tarifas de impuesto y sus recargos, se tendrán en cuenta, además, las disposiciones del capítulo V de la Ley 63 de 1936, sobre interpretación de leyes anteriores. CAPITULO IV Juicios de sucesión, insinuaciones, diligencias administrativas y liquidaciones del impuesto.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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