º A partir del 1º de Marzo del corriente año créanse las oficinas de Turismo de Barranquilla y Medellín, con el siguiente personal y asignaciones para cada oficina: Un Jefe, $ 200 mensuales. Una Estenógrafa, $ 80 mensuales. Un Cartero, $ 50 mensuales.
Decreto 634 de 1946 →Vigente
Artículo 1
A Partir Del 1º De Marzo Del Corriente Año Créanse Las Oficinas De Turismo De Barranquilla Y Medellín, Con El Siguiente Personal Y Asignaciones Para Cada Oficina: Un Jefe, $ 200 Mensuales
Decreto 634 de 1946 · por el cual se crean las Oficinas de Turismo de Barranquilla y Medellín, se aumenta el personal de las de Cali y Cartagena y se fija su personal y asignaciones.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.