Micelio

Artículo 5

Los Choferes Al Servicio De La Instrucción Criminal Tendrán Derecho A Viáticos Cuando Acompañen En Comisión Oficial A Los Funcionarios De Instrucción Criminal

Decreto 707 de 1976 · Por el cual se reglamenta el pago de viáticos y gastos de transporte a los Directores nacional y seccionales, Visitador y Choferes de Instrucción Criminal, autorizados por los Decretos 2267 de 1969 y 762 de 1970, en sus artículos 22 y 2 respectivamente

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Los choferes al servicio de la instrucción criminal tendrán derecho a viáticos cuando acompañen en comisión oficial a los funcionarios de instrucción Criminal. Dichos viáticos serán hasta de trescientos pesos ($ 300.00) diarios, si la comisión se cumple, en capital de Departamento, intendencia, Comisaría o sede de Tribunal Superior y hasta de doscientos pesos ($ 200.00) diarios si se trata de ciudad o población diferente.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 707 de 1976