Micelio

Artículo 11

Decreto 284 de 1992 · por el cual se reglamenta el servicio de radiodifusión sonora.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Ministerio de Comunicaciones cuando le sea solicitada la apertura de la licitación podrá aceptar o denegar las correspondientes peticiones de conformidad con las normas previstas en el Código Contencioso Administrativo o las normas que lo modifiquen o adicionen. Si resuelve abrir la licitación o licitaciones solicitadas, en el pliego de condiciones determinará la frecuencia, potencia y demás requisitos técnicos, económicos y legales pertinentes, como también las obligaciones que se exigirán a los licitantes en materia de programación.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 284 de 1992