La Incorporación De Los Funcionarios Y Empleados De La Procuraduría General De La Nación, Para Ocupar Los Cargos De Que Trata El Artículo 3° Del Presente Decreto Se Efectuará De Acuerdo Con Lo Dispuesto En El Artículo 81 Del Decreto-Ley 1042 De 1978 Y Observando En Todo El Estricto Cumplimiento De Lo Establecido A Nivel De Requisitos Mínimos Para Cada Cargo
Decreto 1742 de 1990 · por el cual se establece la Planta de Personal de la Procuraduría General de la Nación.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
° La incorporación de los funcionarios y empleados de la Procuraduría General de la Nación, para ocupar los cargos de que trata el artículo 3° del presente Decreto se efectuará de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 81 del Decreto-ley 1042 de 1978 y observando en todo el estricto cumplimiento de lo establecido a nivel de requisitos mínimos para cada cargo.
Parágrafo
Los actuales funcionarios y empleados de la Procuraduría General de la Nación que figuren incorporados en cargos de la planta establecida en el presente Decreto y cuya correspondiente asignación básica resultare inferior a la señalada para el cargo que venían desempeñando, continuarán con tal asignación básica y demás prerrogativas salariales conferidas por la ley para dicho cargo, hasta que cambien de empleo o se retiren del servicio.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.