Art 8º En caso de que el Gobierno obtenga de la Compañía del Ferrocarril de Panamá, rebaja, ó exención de fletes para la sal marina colombiana, de manera que pueda extenderse el consumo de la de las Salinas del Atlántico al Departamento del Cauca, elevará el arrendamiento de estas salinas en la cantidad que considere equitativa. Del mismo modo elevará el Gobierno el arrenda-miento de las Salinas de la Guajira, si obtiene del de Venezuela libertad del derecho de tránsito para estos sales.
Ley 115 de 1890 →Vigente
Artículo 8
Ley 115 de 1890 · sobre arbitrios fiscales y por la cual se conceden varias autorizaciones al Gobierno.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.