Micelio

Artículo 1

º El Literal G) Del Artículo 1º Del Decreto 721 De 1987, Modificado Por Los Decretos 2912 De 1990 Y 490 De 1991, Quedará Así: "g) Construcción O Adquisición De Edificaciones Nuevas Distintas De Vivienda, Tales Como Locales, Oficinas, Parqueaderos, Hoteles, Bodegas, Incluyendo El Componente De Construcción De Proyectos De Inversión En Los Sectores Industrial, Turístico, Agropecuario Y Minero

Decreto 1409 de 1991 · por el cual se dictan normas en materia de corporaciones de Ahorro y Vivienda, y se determina la tasa de interés de los Bonos de Fomento Urbano y Nuevos Bonos de Fomento Urbano.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º El literal g) del artículo 1º del Decreto 721 de 1987, modificado por los Decretos 2912 de 1990 y 490 de 1991, quedará así: "g) Construcción o adquisición de edificaciones nuevas distintas de vivienda, tales como locales, oficinas, parqueaderos, hoteles, bodegas, incluyendo el componente de construcción de proyectos de inversión en los sectores industrial, turístico, agropecuario y minero. De todos modos podrán subrogarse los créditos que otorguen para financiar la adquisición de las edificaciones a que se refiere este literal".

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1409 de 1991