Micelio

Artículo 3

Hecho Generador

Ley 1212 de 2008 · por medio de la cual se regulan las tasas que se cobran por la prestación de los servicios del Ministerio de Relaciones Exteriores con destino al Fondo Rotatorio del Ministerio de Relaciones Exteriores.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los siguientes son los hechos generadores de las tasas establecidas mediante la presente ley:

a)

Expedición de pasaportes;

b)

Expedición de visas;

c)

Legalización de documentos que van a producir sus efectos en el exterior;

d)

Apostilla;

e)

Protocolización de escrituras públicas;

f)

Certificaciones expedidas en el exterior por funcionarios consulares, en ejercicio de su función notarial de acuerdo con lo dispuesto en el Decreto-ley 960 de 1970,por el cual se expide el Estatuto del Notariado, y demás normas que lo modifiquen o adicionen;

g)

Certificación sobre la existencia legal de sociedades;

h)

Autenticaciones efectuadas por los cónsules colombianos;

i)

Reconocimiento de firmas ante cónsules colombianos;

j)

Expedición de Tarjetas de Registro Consular;

k)

Trámite de nacionalidad colombiana por adopción;

l)Trámite de renuncia a la nacionalidad colombiana;

m)

Expedición de certificados de antepasados de extranjeros nacionalizados como colombianos por adopción;

n)

Expedición de certificados de no objeción a la permanencia en el exterior de estudiantes colombianos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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