Micelio

Artículo 7

Decreto 2343 de 1970 · por el cual se dictan normas para la organización y el funcionamiento de las Juntas Administradoras de Deportes.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo séptimo. Cada uno de los miembros integrantes de las Juntas Administradoras de Deportes que represente entidades oficiales, tendrá un suplente personal, nombrado en la misma forma que el principal, el cual deberá ser citado en caso de ausencia del principal.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2343 de 1970