° Modifícase el artículo 3° del Decreto número 2639 de 1949, en el sentido de expresar que los Almacenistas para el Fondo Rotatorio de la Fuerza Aérea, se dividirá en las siguientes categorías y prestarán sus servicios así: En Bogotá. 1 Adjunto 1° Almacenista General. 1 Adjunto 2° Almacenista del Comisariato. En la Base "Ernesto Samper" de Cali: 1 Adjunto 2° Almacenista del Comisariato. En la Base "Germán Olano" de Palanquero: 1 Adjunto 2° Almacenista del Comisariato. En la Base Aérea de Madrid: 1 Adjunto 2° Almacenista del Comisariato. En la Base Aérea de Tres Esquinas: 1 Adjunto 2° Almacenista del Comisariato.
Decreto 2171 de 1953 →Vigente
Artículo 1
Modifícase El Artículo 3° Del Decreto Número 2639 De 1949, En El Sentido De Expresar Que Los Almacenistas Para El Fondo Rotatorio De La Fuerza Aérea, Se Dividirá En Las Siguientes Categorías Y Prestarán Sus Servicios Así: En Bogotá
Decreto 2171 de 1953 · Por el cual se modifica el marcado con el número 2639 de 1949
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.