Micelio

Artículo 2.2.5.8.4.1

Beneficios Socioeconómicos

Decreto 1069 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Justicia y del Derecho

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Beneficios socioeconómicos. Los integrantes del Grupo Armado Organizado (GAO) que sean certificados por el Comité Interinstitucional de Sometimiento Individual a la Legalidad (CISIL) que se encuentren en libertad podrán acceder, a los beneficios especiales que serán establecidos por la Agencia para la Reincorporación y la Normalización (ARN), mediante resolución de carácter general de conformidad con los límites establecidos en este capítulo.

La Agencia para la Reincorporación y la Normalización (ARN) podrá realizar un trabajo de articulación con el Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC) para preparar la recepción del integrante del GAO.

TEXTO CORRESPONDIENTE A

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1069 de 2015