Micelio

Artículo 2.2.5.8.4.1

Beneficios Socioeconómicos

Decreto 1069 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Justicia y del Derecho

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Beneficios socioeconómicos. Los integrantes del Grupo Armado Organizado (GAO) que sean certificados por el Comité Interinstitucional de Sometimiento Individual a la Legalidad (CISIL) que se encuentren en libertad podrán acceder, a los beneficios especiales que serán establecidos por la Agencia para la Reincorporación y la Normalización (ARN), mediante resolución de carácter general de conformidad con los límites establecidos en este capítulo.

La Agencia para la Reincorporación y la Normalización (ARN) podrá realizar un trabajo de articulación con el Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC) para preparar la recepción del integrante del GAO.

TEXTO CORRESPONDIENTE A

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1069 de 2015