Conformación . El patrimonio del Fondo estará conformado por
Los aportes obligatorios de los propietarios de vehículos de transporte público colectivo terrestre de pasajeros con radio de acción metropolitano y/o urbano, provenientes del rubro de las tarifas denominado "Recuperación de Capital" de acuerdo con la reglamentación que expida el Ministerio de Transporte;
Los aportes voluntarios que hagan los propietarios de vehículos a sus respectivas cuentas;
El producto de las multas que se impongan por violación a las normas consignadas en la Ley 688 de 2001 y en este decreto;
Los rendimientos financieros que se generen por la utilización de los créditos otorgados y las utilidades que resulten de las inversiones realizadas por la fiduciaria o la entidad bancaria correspondiente, según sea el caso;
Los recursos que asigne el Gobierno Nacional;
Los demás que adquiera a cualquier título.