Micelio

Artículo 2

Decreto 1460 de 1952 · Por el cual se reorganiza el Instituto Nacional de Rádium, dependencia del Ministerio de Higiene, y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo segundo . El Instituto Nacional de Rádium continuará la labor que ha venido desarrollando en los años anteriores, y sus funciones serán

a)

La prevensión y el tratamiento del cáncer, de las enfermedades pre-cancerosas y de aquellas otras cuyo tratamiento solo sea posible por medio de los sistemas fisioterápicos, quirúrgicos o médicos de que dispone el Instituto.

b)

Organizar, orientar, dirigir o controlar la Campaña Anticancerosa en todo el territorio nacional.

c)

Realizar los estudios de investigación científica relacionados con el cáncer.

d)

Continuar y ampliar la función docente, indispensable para el desarrollo e incremento de la Campaña Anticancerosa en el país.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1460 de 1952