Micelio

Artículo 7

Decreto 677 de 1972 · Por los cuales se toman unas medidas en relación con el ahorro privado

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . Los recursos del Fondo de Ahorro y Vivienda provendrán

a)

De la emisión y colocación de los bonos de que habla el artículo 8º;

b)

Del producto de las operaciones que celebre el Banco de la República de conformidad con lo dispuesto en el literal a) del artículo 13;

c)

De los reembolsos, intereses y comisiones provenientes de las operaciones de crédito que ejecute;

d)

De las partidas que se le asignen en el Presupuesto Nacional y de las que para él destine el Banco de la República;

e)

De los demás que adquiera a cualquier título.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 677 de 1972