Micelio

Artículo 14

No Están Sujetos Al Gravamen De Que Trata El Decreto 3288 De 1963 Las Ventas De Lociones, Perfumes, Aguas De Colonia Y Alhucema, Y Licores Nacionales Que Produzcan Los Departamentos,

Decreto 1595 de 1966 · por el cual se dictan unas disposiciones relativas al Impuesto sobre las Ventas y se modifican y suspenden otras.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

No están sujetos al gravamen de que trata el Decreto 3288 de 1963 las ventas de lociones, perfumes, aguas de colonia y alhucema, y licores nacionales que produzcan los Departamentos,. (sic) pero sí estarán sujetos a dicho gravamen los producidos por los particulares.

Parágrafo

El Gobierno Nacional entregará a los Departamentos el importe del impuesto que se hubiere recaudado por concepto de ventas de los monopolios departamentales desde el día 1º de enero de 1965, fecha en la cual entró en vigencia el Decreto 3288 de 1963.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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