En los acuerdos mensuales de gastos deberán incluírse, necesariamente, la totalidad de los gastos fijos ordinarios y periódicos; la cuarta parte correspondiente a las apropiaciones destinadas al servicio de la deuda pública y el monto de los vencimientos por compromisos que deben pagarse en el respectivo mes, antes de votar partidas para las obras y demás campañas o gastos que puedan aplazarse.
Artículo 11
En Los Acuerdos Mensuales De Gastos Deberán Incluírse, Necesariamente, La Totalidad De Los Gastos Fijos Ordinarios Y Periódicos; La Cuarta Parte Correspondiente A Las Apropiaciones Destinadas Al Servicio De La Deuda Pública Y El Monto De Los Vencimientos Por Compromisos Que Deben Pagarse En El Respectivo Mes, Antes De Votar Partidas Para Las Obras Y Demás Campañas O Gastos Que Puedan Aplazarse
Decreto 785 de 1971 · Por el cual se aprueba, con modificación el Acuerdo número 21 de 1971 (marzo 2) originario del Consejo Intendencial de San Andrés y Providencia sobre presupuesto de rentas y gastos para la vigencia fiscal de 1971-1972
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.