º. el gobierno nacional, por conducto del Ministerio de-Agricultura y Comercio, tendrá la dirección de los servicios de investigación, experimentación, demostración, 'enseñanza y divulgación agrícolas y pecuarias, con la colaboración y cooperación, de las entidades departamentales que conforme a las Leyes 74 de 1926 y 132 de 1931, reciben auxilio del Gobierno.
Artículo 1
El Gobierno Nacional, Por Conducto Del Ministerio De-Agricultura Y Comercio, Tendrá La Dirección De Los Servicios De Investigación, Experimentación, Demostración, 'enseñanza Y Divulgación Agrícolas Y Pecuarias, Con La Colaboración Y Cooperación, De Las Entidades Departamentales Que Conforme A Las Leyes 74 De 1926 Y 132 De 1931, Reciben Auxilio Del Gobierno
Decreto 2009 de 1935 · Por el cual se reglamentan algunas disposiciones de las Leyes 74 de 1926 y 132 de 1931, en relación con las granjas, estaciones e institutos agrícolas departamentales
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.