Micelio

Artículo 15

La Destinación Hasta Del Treinta Por Ciento (30%) Del Valor De La Reserva De Capitalización Económica, Para Programas De Fomento Hotelero O Promoción Turística Cuando Ellos Se Lleven Acabo A Través De La Corporación Nacional De Turismo O Entidades Especializadas Autorizadas Por Ésta, Podrá Revestir Las Siguientes Formas: 1

Decreto 1099 de 1974 · Por medio del cual se reglamenta la Ley 6ª de 1973 y otras disposiciones relativas al impuesto sobre la renta y complementarios

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La destinación hasta del treinta por ciento (30%) del valor de la reserva de capitalización económica, para programas de fomento hotelero o promoción turística cuando ellos se lleven acabo a través de la Corporación Nacional de Turismo o entidades especializadas autorizadas por ésta, podrá revestir las siguientes formas

1.

Nuevos aportes de capital;

2.

Suscripción de pago de acciones en nuevas emisiones;

3.

Adquisición de bonos de nuevas emisiones;

4.

Contratos de obra celebrados en desarrollos de los programas autorizados;

5.

Las demás formas que señale el Ministerio de Hacienda y Crédito Publico mediante resoluciones de carácter general

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1099 de 1974