Al contestar la demanda, el demandado podrá proponer la reconvención, siempre que el juez sea competente para conocer de esta o sea admisible la prórroga de competencia. En caso de alterarse la competencia deberá remitir el proceso al juez competente, quien continuará el trámite a partir del estudio de admisibilidad de la demanda de reconvención.
Ley 2452 de 2025 →Vigente
Artículo 256
Demanda De Reconvención
Ley 2452 de 2025 · por la cual se expide el Código Procesal del Trabajo y de la Seguridad Social.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.