La partida de ochocientos mil cuatrocientos veintidós pesos con cincuenta y cinco centavos ($ 800,422-55), destinada para atender al funcionamiento del Ministerio de Agricultura y Comercio, durante la vigencia fiscal de 1.° de enero a 31 de diciembre de 1935, correspondiente al capítulo 60, articulo 279, se distribuirá en la siguiente forma:
Decreto 419 de 1935 →Vigente
Artículo 1
Decreto 419 de 1935 · Por el cual se distribuye la partida de $ 800.422.55, destinada por medio del Decreto número 1° de enero 1° de 1935, sobre presupuesto nacional de rentas y Ley de Apropiaciones para el año fiscal de 1° de enero a 31 de diciembre de 1935, para el funcionamiento del Ministerio de Agricultura y Comercio.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.