° A partir del día 1° de junio próximo, fijanse los siguientes sueldos mensuales a los Guardas de Telégrafos que en seguida se expresan: Chucurí: Guarda de Chucurí a Bocas del Carare (Zona 8ª) $ 40.00 Guarda de Chucurí a Oponcito (Zona 8ª) 40.00 Ríonegro (Santander) : Guarda de Ríonegro al kilómetro 95 (Zona 8ª) 40.00
Decreto 975 de 1940 →Vigente
Artículo 1
A Partir Del Día 1° De Junio Próximo, Fijanse Los Siguientes Sueldos Mensuales A Los Guardas De Telégrafos Que En Seguida Se Expresan: Chucurí: Guarda De Chucurí A Bocas Del Carare (Zona 8ª) $ 40
Decreto 975 de 1940 · Por el cual se fijan unos sueldos de Guardas de Telégrafos
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.