Micelio

Artículo 17

La Junta Conocerá De La Revisión De Títulos Y Licencias Y Velará Por El Estricto Cumplimiento De Los Mandatos Y Requisitos Exigidos Por Este Decreto, Por Parte De Las Autoridades; Conocerá, Cancelará O Suspenderá Las Licencias Cuando Sea Del Caso; Y Podrá, Para Colaborar En El Desarrollo Y Mejor Cumplimiento De Este Decreto, Elaborar Proyectos Que Someterá Por Conducto Del Ministerio De Higiene Al Estudio Y Aprobación De Los Poderes Públicos Correspondientes

Decreto 2944 de 1948 · Por el cual se modifica el Decreto 1099 de 8 de julio de 1930 sobre ejercicio de la medicina veterinaria

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El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Articulo 17. La Junta conocerá de la revisión de títulos y licencias y velará por el estricto cumplimiento de los mandatos y requisitos exigidos por este Decreto, por parte de las autoridades; conocerá, cancelará o suspenderá las licencias cuando sea del caso; y podrá, para colaborar en el desarrollo y mejor cumplimiento de este Decreto, elaborar proyectos que someterá por conducto del Ministerio de Higiene al estudio y aprobación de los Poderes Públicos correspondientes. El Departamento Jurídico del Ministerio de Higiene conocerá sobre el ejercicio ilegal de la profesión en virtud del artículo 13 del citado Decreto-ley.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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