Micelio

Artículo 4

Dirección De La Liquidación

Decreto 4972 de 2011 · por el cual se define el procedimiento y plazo para la liquidación del Fondo Nacional de Regalías y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Dirección de la liquidación. Se designa como liquidador del Fondo Nacional de Regalías al Director de Regalías del Departamento Nacional de Planeación, quien ejercerá sus funciones con el apoyo del Departamento Nacional de Planeación, para lo cual las diferentes dependencias de dicho Departamento, continuarán cumpliendo las funciones a su cargo relacionadas con el funcionamiento del Fondo, en lo que sea pertinente con el proceso liquidatario. El Fondo Nacional de Regalías, contará con un liquidador quien ejercerá el control y la dirección del proceso de liquidación del Fondo.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 4972 de 2011