Alcance de la Financiación y Participación del Fondes en Programas de Capital Semilla. En desarrollo del uso dispuesto en el numeral número nueve del artículo 2.19.11, el Consejo de Administración podrá aprobar la financiación de Programas de Capital Semilla con cargo a recursos del Fondes, siempre y cuando los Programas i) cumplan con los requisitos y definiciones señaladas en la presente Parte 19 del Libro 2 de este Decreto número 1068 de 2015 relacionadas con la financiación y participación del Fondes en programas de Capital Semilla; y ii) sean propuestos o estructurados por parte del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo y/o por parte del Departamento Nacional de Planeación.
Decreto 1068 de 2015 →Vigente
Artículo 2.19.21
Alcance De La Financiación Y Participación Del Fondes En Programas De Capital Semilla
Decreto 1068 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Hacienda y Crédito Público.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.