º Reajústanse los valores dados en el artículo 11 de la Ley 14 de 1975. los cuales quedarán así: Para ciudades de menos de 200.000 habitantes $ 2.841.000 Para ciudades de más de 200.000 Habitantes $ 3.788.600 Para Bogotá $ 4.735.800
Decreto 929 de 1987 →Vigente
Artículo 1
Reajústanse Los Valores Dados En El Artículo 11 De La Ley 14 De 1975
Decreto 929 de 1987 · por el cual se reajustan los límites fijados en el artículo 11 de la Ley 14 de 1975 para contratar en lasobras públicas Técnicos Constructores.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.