Micelio

Artículo 7

º Son Ingresos Del Fondo De Inversiones Públicas: A) La Proporción De Las Utilidades De La Cuenta Especial De Cambios Que La Junta Monetaria Determine De Acuerdo Con Lo Dispuesto En El Artículo 9º De Este Decreto; B) Los Intereses Y La Recuperación De Cartera Por Los Préstamos Que Realice; Y C) Los Recursos Adicionales Que La Ley O El Gobierno Nacional Determinen

Decreto 73 de 1983 · Por el cual se dictan medidas sobre la Cuenta Especial de cambios y se crean los Fondos de Inversiones Públicas y de Estabilización Cambiaria

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Son ingresos del Fondo de Inversiones Públicas

a)

La proporción de las utilidades de la Cuenta Especial de Cambios que la Junta Monetaria determine de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 9º de este Decreto;

b)

Los intereses y la recuperación de cartera por los préstamos que realice; y

c)

Los recursos adicionales que la ley o el Gobierno Nacional determinen.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 73 de 1983