ARTICULO 1 º. Apruébase el Acuerdo número 028 de noviembre 7 de 1996 proferido por la Junta Directiva de la Caja de Previsión Social de Comunicaciones, Caprecom, por el cual se adopta la Planta de Personal de Empleos Públicos de Caprecom, que a la letra dice: "ACUERDO NUMERO 028 DE 1996 (noviembre 7) por el cual se adopta la planta de personal de empleos públicos de la Caja de Previsión Social de Comunicaciones, Caprecom. La Junta Directiva de la Caja de Previsión Social de Comunicaciones, Caprecom, en ejercicio de sus facultades legales, en especial las que le confiere el artículo 14 de la Ley 314 del 20 de agosto de 1996, ACUERDA: Artículo 1 º. Suprimir de la planta de personal de la Caja de Previsión Social de Comunicaciones, Caprecom, los siguientes cargos: Número de cargos Denominación del cargo Código Grado (1) Uno Director General de Establecimiento Público 0015 12 (1) Uno Secretario General de Entidad Descentralizada 0037 03 (4) Cuatro Subdirector General de Establecimiento Público 0044 03 (11) Once Director Regional 2035 12 (6) Seis. Jefe División 2040 09 (2) Dos Jefe Oficina 2045 09 (11) Once Jefe Sección 2076 06 (15) Quince Jefe Sección 2076 06 (1) Uno Jefe de Grupo 2085 05 (4) Cuatro Jefe de Grupo 2085 04 (2) Dos Profesional Especializado 3010 09 (5) Cinco Profesional Especializado 3010 10 (16) Dieciséis Profesional Universitario 3020 08 (23) Veintitrés Profesional Universitario 3020 06 (50) Cincuenta Profesional Universitario 3020 04 (17) Diecisiete Médico 3085 14 (2) Dos Analista de Sistemas 4005 15 (2) Dos Técnico en Presupuesto 4035 07 (1) Uno Programador de Sistemas 4060 11 (1) Uno Programador de Sistemas 4060 09 (3) Tres Técnico Administrativo 4065 09 (12) Doce Técnico Administrativo 4065 07 (2) Dos Técnico Operativo 4080 09 (2) Dos Técnico Operativo 4080 07 (2) Dos Operador de Sistemas 4100 08 (4) Cuatro Auxiliar Técnico 4110 05 (23) Veintitrés Auxiliar Técnico 4110 06 (1) Uno Técnico Profesional Intermedio 4175 08 (1) Uno Secretario Ejecutivo 5040 18 (7) Siete Secretario Ejecutivo 5040 16 (10) Diez Secretario Ejecutivo 5040 11 (11) Once Secretario Ejecutivo 5040 13 (1) Uno Pagador 5045 13 (10) Diez Pagador 5045 18 (1) Uno Cajero 5095 12 (1) Uno Supervisor 5105 12 (23) Veintitrés Auxiliar Administrativo 5120 07 (28) Veintiocho Auxiliar Administrativo 5120 11 (38) Treinta y ocho Auxiliar Administrativo 5120 09 (1) Uno Secretario 5140 06 (31) Treinta y uno Secretario 5140 08 (32) Treinta y dos Secretario 5140 10 (29) Veintinueve Ayudante de Oficina 5155 05 (55) Cincuenta y Cinco Ayudante de Oficina 5155 07 (1) Uno Operario Calificado 5300 07 (2) Dos Operario Calificado 5300 11 (4) Cuatro Transcriptor de Datos 530S 09 (12) Doce Conductor Mecánico 5310 09 (12) Doce Conductor Mecánico 5310 06 (2) Dos Operario 5330 05 (2) Dos Operario 5330 03 (19) Diecinueve Auxiliar de Servicios Generales 5335 03 (34) Treinta y cuatro Auxiliar de Servicios Generales 5335 05 (42) Cuarenta y dos Enfermero Auxiliar 5345 05 (137) Ciento treinta y siete Enfermero Auxiliar 5345 07 Artículo 2 º. Suprimir de la Planta de Personal de la Caja de Previsión Social de Comunicaciones, Caprecom, los cargos correspondientes a las siguientes horas mes médico u odontólogo: (578) Quinientas setenta y ocho Horas Mes Médico u Odontólogo Especializado 3120 16 (873) Ochocientas setenta y tres Horas Mes Médico u odontólogo General 3085 14 Artículo 3º. Adoptar la siguiente Planta de Personal Global de Empleos Públicos de la Caja de Previsión Social de Comunicaciones, Caprecom: Número de cargos Denominación del cargo Código Grado (1) Uno Director General de Empresa Industrial y Comercial 0015 22 (1) Uno Secretario General de Entidad Descentralizada 0037 14 (6) Seis Subdirector General de Empresa Industrial y Comercial 0040 14 (5) Cinco Jefe de Oficina 2045 24 (43) Cuarenta y tres Jefe de Oficina 2045 19 (93) Noventa y tres Jefe de Oficina 2045 22 (33) Treinta y tres Director Territorial de Entidad Descentralizada 0042 10 Artículo 4 º El número de Trabajadores Oficiales de la Caja de Previsión Social de Comunicaciones. Caprecom, será de 2.605 (dos mil seiscientos cinco). Artículo 5°. El Director General de Caprecom distribuirá los cargos de acuerdo con la Estructura Orgánica, según las necesidades del servicio, mediante acto administrativo interno. Artículo 6 º . El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su aprobación por el Gobierno Nacional y deroga el Acuerdo número 065 del 9 de diciembre de 1987.
Decreto 611 de 1997 →Vigente
Artículo 1
º
Decreto 611 de 1997 · Por el cual se aprueban los Acuerdos número 028 de 1996, número 004 de 1997 y número 005 de 1997, de la Junta Directiva de la Caja de Previsión Social de Comunicaciones, Caprecom
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.