º Los créditos suplementales y los extraordinarios de los establecimientos públicos nacionales para la vigencia fiscal en curso se tramitarán de conformidad con las previsiones de la Ley 59 de 1988 y el Decreto 2589 del mismo año.
Decreto 869 de 1989 →Vigente
Artículo 5
º Los Créditos Suplementales Y Los Extraordinarios De Los Establecimientos Públicos Nacionales Para La Vigencia Fiscal En Curso Se Tramitarán De Conformidad Con Las Previsiones De La Ley 59 De 1988 Y El Decreto 2589 Del Mismo Año
Decreto 869 de 1989 · Por el cual se reglamentan los artículos 80 y 90 de la Ley 38 de 1989 y se dictan otras disposiciones.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.