Artículo primero . Hácense las siguientes traslaciones en el Presupuesto de Gastos vigente: MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO. CAPITULO 40. Aportes, participaciones e indemnizaciones. B31. Del artículo 463. Para el pago de bonificaciones pendientes para impedir el alza del fueloil y demás productos similares, al tenor de lo dispuesto por el Decreto - ley número 1988 de 1951, y Decreto reglamentario número 2061 del mismo año $ 183.559.50 Suman los contracréditos $ 183. 559.50 CAPITULO 32. Ministerio. C1a (b). Al artículo 367. Para reparaciones, conservación, aseguro y repuestos de los vehículos aéreos y terrestres al servicio del Ministerio, en la presente vigencia y anteriores $ 8.000.00 A1a. Al artículo 368. Para combustibles, lubricantes, grasas y demás gastos similares inherentes a este servicio, de los vehículos aéreos y terrestres del Ministerio, en la presente vigencia y anteriores 3.00.00 CAPITULO 37. Servicio de Aduanas . C1a (b). Al artículo 416. Para reparación, conservación, aseguro y repuestos de los vehículos aéreos, marítimos y terrestres al servicio del ramo de Aduanas, en la presente vigencia y anteriores 50.000.00 CAPITULO 39. Pensiones y auxilios. B1. Al artículo 434. Para el pago de pensiones civiles (Independencia, Cuaspud, Tulcán, Chancos, jubilaciones y comunes), devengadas durante la presente vigencia y anteriores 80.000.00 CAPITULO 41. Gastos varios. A2a. Al artículo 464. Para pagar al personal del Ministerio de Hacienda la Prima de Navidad creada por la Ley 45 de 1945, de conformidad con el Decreto legislativo 2501 de 1953, el reglamentario número 3239 del mismo año, y el Decreto legislativo número 3639 de 1954, en la presente vigencia y anteriores 42.559.50 Suman los créditos $ 183.559.50
Decreto 2699 de 1955 →Vigente
Artículo 463
Para El Pago De Bonificaciones Pendientes Para Impedir El Alza Del Fueloil Y Demás Productos Similares, Al Tenor De Lo Dispuesto Por El Decreto - Ley Número 1988 De 1951, Y Decreto Reglamentario Número 2061 Del Mismo Año $ 183
Decreto 2699 de 1955 · Por el cual se hacen unas traslaciones en el Presupuesto de Gastos vigente (Ministerio de Hacienda y Crédito Público)
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.